La factura electrónica en Ecuador

Comprobante Electrónico
El SRI (Servicio de Rentas Internas de Ecuador) emitió en 2009 un comunicado en el que informaba sobre la emisión de documentos electrónicos. En 2014, el Servicio de Rentas Internas (SRI) del país puso en marcha un cronograma progresivo de adopción de la factura electrónica, que obligaba a determinadas empresas y organismos públicos a sumarse a este sistema.
Mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000431, el Servicio de Rentas Internas reforma dos resoluciones previas relativas a los sujetos pasivos obligados a emitir facturas, comprobantes de retención, guías de remisión, notas de crédito y débito, a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente: las resoluciones No. NAC-DGERCGC17-00000430 y No. NAC-DGERCGC18-00000191.
Obligatoriedad
Desde junio de 2014 se viene desarrollando un proceso de implantación progresiva que va extendiendo la obligatoriedad de su uso por sectores de actividad. La resolución NAC-DGERCGC18-00000431 actualiza el calendario contenido en la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000191, el cual detalla la fecha de inicio de la obligación de emitir comprobantes electrónicos de algunos sujetos pasivos. Este nuevo calendario comienza en enero de 2019 y va hasta enero de 2023.Trámites administrativos requeridos
El emisor debe obtener un certificado electrónico y solicitar su adhesión al sistema de emisores para inscribirse en los ambientes de test y producción.Firma Electrónica
Las facturas deben ir firmadas obligatoriamente. Se emplea un formato XMLDsig para realizar la firma electrónica del documento.Formato de impresión
No existe un formato normalizado para la impresión de los comprobantes.Formato
El "Comprobante Electrónico" es un documento estructurado en formato XML normado por el SRI. En Ecuador, además de la factura están normados otros documentos como la Nota de Crédito, Nota de Débito, Remisión y Certificado de Retenciones.Control fiscal
El comprobante es declarado ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), que devuelve un número de autorización, integrado en el documento antes de enviarse al cliente.Almacenamiento
Obligatorio para emisor y receptor durante al menos 7 años.Enlaces de interés
http://www.sri.gob.ec¿Tienes dudas sobre el Comprobante Electrónico?
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